Conclusiones del Tercer Seminario de la Sociedad Civil en el marco del Quinto Diálogo de Alto Nivel sobre Derechos Humanos entre México y la Unión Europea

Introducción

Distinguidos y distinguidas representantes de la Unión Europea y México, nos dirigimos a Ustedes con el fin de presentar las conclusiones del Tercer Seminario de la Sociedad Civil en el marco del Quinto Diálogo de Alto Nivel sobre Derechos Humanos entre México y la Unión Europea, en el que participaron 27 organizaciones de la sociedad civil mexicanas y europeas el día de ayer, 15 de abril de 2015.

Primero, reconocemos algunos avances que se dieron a partir de las recomendaciones generadas en los Seminarios del 2012 y 2014, particularmente los relacionados a la metodología y formato del Seminario. La existencia de la Mesa Cero, cuyo objetivo consistió en dar seguimiento a las recomendaciones emitidas el año pasado, así como hacer un balance de las acciones tomadas, es una buena práctica que se debe volver a implementar en Seminarios futuros. Proponemos que las organizaciones de la sociedad civil podamos participar como observadoras en el próximo Diálogo de Alto Nivel sobre Derechos Humanos, el cual debería tener un formato que permita un debate profundo entre las autoridades. Por otra parte, solicitamos que se nos informe de forma periódica sobre la cooperación entre la UE y México en el marco del Laboratorio de Cohesión Social México-Unión Europea, en especial sobre las acciones, montos, proyectos y el impacto de esta iniciativa en las políticas de derechos humanos, de modo tal que las organizaciones podamos formular recomendaciones específicas sobre este tema. Asimismo, hacemos un atento llamado a seguir fortaleciendo la labor de documentación a violaciones de derechos humanos que hacemos desde la sociedad civil, a través de la política de cooperación de la Unión Europea.

Para que la UE y México verdaderamente “cierren filas” en materia de derechos humanos, es imperante una cooperación funcional, eficiente y efectiva centrada en la plena implementación de las recomendaciones de organismos internacionales, complementadas por las formuladas por la sociedad civil en espacios como el Seminario de ayer. Lo anterior implica que la UE y México se exijan mutuamente los mismos estándares de derechos humanos que exigen a otros países. En este sentido, consideramos indispensable clarificar los alcances y relevancia de la Cláusula Democrática del Acuerdo Global UE-México, e insistimos en la importancia de involucrar a la sociedad civil en la modernización del Acuerdo Global desde el inicio de este proceso. Asimismo, hacemos un atento llamado a la instalación de mesas de seguimiento y monitoreo de las recomendaciones vertidas por las organizaciones de la sociedad civil en el Seminario, máxime en el contexto actual de crisis en materia de derechos humanos.

Recordamos que la credibilidad internacional de la Unión Europea y México en materia de derechos humanos debe construirse sobre la base de una política coherente que garantice el respeto a los derechos humanos dentro de sus territorios, así como al exterior. Es decir, los compromisos adquiridos en el ámbito multilateral deben reflejarse en las medidas implementadas en el ámbito local. En este sentido, la UE debería hacer uso de los medios previstos en el Tratado de la UE que permiten hacer cumplir las obligaciones estatales en materia de derechos humanos, así como desarrollar herramientas que permitan que los tres niveles de la UE exijan el respeto íntegro de todos los derechos humanos dentro de la Unión Europea.

En esta edición del Seminario, analizamos los cuatro temas que serán discutidos en el Diálogo UE- México: fortalecimiento del Estado de Derecho; situación de personas migrantes, refugiadas y desplazadas; situación de niñas, niños y adolescentes; y empresas y derechos humanos. Cabe señalar que todos estos temas tienen como un denominador común la corrupción, la impunidad y la falta de mecanismos eficaces de prevención, investigación, sanción y reparación de violaciones a derechos humanos.

Fortalecimiento del Estado de Derecho

El fortalecimiento del Estado de Derecho sólo será posible abatiendo la impunidad, que permite y fomenta la actual crisis de graves violaciones a derechos humanos. Es por ello que urgimos a las autoridades a garantizar la adecuada tipificación de las graves violaciones a derechos humanos, y la realización de investigaciones efectivas que desemboquen en la sanción penal y administrativa de las personas responsables. Estaremos atentas a que en el próximo Diálogo se compartan los avances de esta recomendación mediante indicadores medibles y verificables.

En particular, exigimos que el Estado mexicano implemente plenamente las recomendaciones estructurales que emita el Grupo Interdisciplinario de Expertos y Expertas Independientes (GIEI) designado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el caso Ayotzinapa, para poner fin a las desapariciones forzadas. Recomendamos al gobierno mexicano crear, en el transcurso de 2015, un mecanismo transnacional de búsqueda inmediata y con vida de personas desaparecidas, en consulta con familiares de personas desaparecidas y sus representantes. Este y otros mecanismos para prevenir, investigar y erradicar graves violaciones a derechos humanos en México deben replicar la buena práctica ejemplificada por el GIEI, incorporando la participación permanente de expertos y expertas independientes en los temas relevantes. Recomendamos a la Unión Europea apoyar la creación de este tipo de mecanismos y seguir y fortalecer sus acciones en apoyo a personas defensoras de derechos humanos quienes luchan en contra de las graves violaciones a derechos humanos.

Por su parte, recomendamos que la Unión Europea desarrolle una estrategia específica sobre las desapariciones forzadas, ya sea para ser añadida a las directrices de la UE sobre la tortura o como una política independiente, para abordar la relación entre la desaparición forzada y la tortura y otros malos tratos.

Por otro lado, recomendamos que los Estados de la UE y México implementen integralmente el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Recomendamos que la UE incluya como un punto central en su nuevo Plan de Acción sobre los Derechos Humanos y Democracia 2015-2020 puntos concretos en torno a la lucha contra la impunidad por los crímenes contemplados en el Derecho Internacional, y que los gobiernos de ambas regiones prioricen esta lucha teniendo como eje el derecho de las víctimas a la justicia y la reparación.

Reconociendo la importancia de la justicia transicional para incidir en la situación actual de derechos humanos y como un derecho de las víctimas y sus familias, recomendamos que en el transcurso de 2015 se convoque un panel internacional con participación de la UE, México, expertos y expertas internacionales, víctimas y sociedad civil para intercambiar experiencias, buenas prácticas y recomendaciones en la materia.

Constatamos con preocupación que dentro de la UE, a pesar de la existencia de múltiples mecanismos para garantizar la libertad de expresión y protección de las y los defensores de derechos humanos, el espacio disponible para el trabajo de la sociedad civil está menguando en varios de los Estados, como Hungría o España con la reciente aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana. Asimismo, nos preocupan los informes del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa sobre España y Bulgaria, y la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre Italia por el caso de tortura en Génova en 2001, en la que se señalan problemas estructurales como la no tipificación del delito de tortura. Asimismo, nos preocupa el rechazo por parte del gobierno mexicano de recomendaciones internacionales formuladas por el Comité contra la Desaparición Forzada y las conclusiones del Relator sobre Tortura de la ONU. En ese sentido llamamos al gobierno mexicano a aceptar y cumplir dichas recomendaciones como una prioridad, y a reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para conocer casos individuales. A la UE recomendamos promover el cumplimento por parte de sus Estados miembros de las recomendaciones realizadas por mecanismos y organismos internacionales, así como promover la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) por parte de los Estados miembro que aún no lo han ratificado.

Finalmente, preocupa que pese a la legislación protectora sobre minorías y de la libertad religiosa en el continente europeo y en México, en la práctica la discriminación sigue existiendo en diversos ámbitos. Particularmente preocupa la falta de acceso a la educación de la población romaní (como en Francia, Eslovenia, República Checa o Eslovaquia, por ejemplo) y los fenómenos del antisemitismo y la islamofobia que se siguen extendiendo de forma alarmante.

Empresas y Derechos Humanos

En los últimos años se ha documentado el impacto de empresas mexicanas y europeas en los derechos humanos en diversos países. Los derechos violados incluyen el derecho a la consulta, al consentimiento libre, previo e informado y a la libre determinación; a la información pública; a la propiedad colectiva; a un medio ambiente sano; a la autonomía; a la libertad de asociación sindical, generando despojos, desplazamientos forzados, ruptura del tejido social, contaminación y sobreexplotación de recursos naturales en México. Los defensores y defensoras de derechos humanos, sobre todo a nivel comunitario, que procuran el pleno respeto a los derechos humanos frente a intereses corporativos frecuentemente son víctimas de criminalización, hostigamiento, amenazas, agresiones físicas e incluso asesinatos. A menudo, las empresas cuentan con el respaldo de las autoridades y el cuerpo diplomático tanto en el país de origen como en el país anfitrión. Esta situación tiene impactos negativos para otros actores incluyendo empresas y accionistas; sin embargo, la experiencia ha mostrado que la debida diligencia y la evaluación de impacto en derechos humanos, entre otras herramientas, pueden minimizar el riesgo para todos los actores involucrados.

Se recomienda la participación de México y la Unión Europea en el desarrollo de un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos, asegurando no solamente la extraterritorialidad sino también la aplicabilidad a las empresas nacionales. En ese sentido, las demostraciones de personas jornaleras agrícolas en el norte del México son representativas de las múltiples violaciones de derechos humanos que se cometen en contra de las poblaciones en mayor estado de vulneración y su relación con las acciones de las empresas y los Estados destino de los productos. Dicha situación, no exclusiva de México, debe de ser un punto de reflexión para el Diálogo y para reforzar las políticas de protección de derechos laborales tanto en México como en la Unión Europea. Para garantizar un proceso participativo, transparente, incluyente y un resultado eficaz, instamos a que se invite a la sociedad civil a desempeñar un papel activo, especialmente a los actores que enfrentan abusos a sus derechos humanos por parte de empresas.

Paralelamente, se recomienda que se extienda este mismo nivel de participación al desarrollo de los Planes de Acción Nacional (NAP) en el marco de los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas. Exhortamos que los NAP alcancen los más altos estándares internacionales en materia de empresas y derechos humanos, así como la extraterritorialidad.

Se recomienda que se creen mecanismos accesibles, eficaces y expeditos, y que se fortalezcan los ya existentes, para garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas en el contexto de actividades empresariales. Consideramos esencial que existan tales mecanismos tanto en el país donde se violen los derechos humanos como en el país de origen de la empresa.

Se recomienda proveer información adecuada y garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado a las comunidades afectadas por proyectos de desarrollo para garantizar su sostenibilidad técnica, económica, ambiental y sociocultural, así como el derecho de la comunidad de rechazar el proyecto. Se exhorta a los países de origen de todas las partes con un interés económico a monitorear en campo estos procesos para garantizar que se cumplan los más altos estándares internacionales.

Situación de las personas migrantes, sujetas de protección internacional y desplazadas internas

La mesa sobre movilidad humana resalta para el caso mexicano un endurecimiento en su política migratoria y cierre de sus fronteras, generando violencia e inseguridad para las personas extranjeras en el territorio. Si bien existe un marco jurídico específico y reciente, éste no ha sido suficiente, haciendo necesaria la aplicación eficaz de la norma tanto de origen nacional como internacional, de modo tal que se reduzcan los cuadros de impunidad y la toma de decisiones arbitrarias por parte de las autoridades.

Permanecen los delitos que se cometen a las personas migrantes por la delincuencia común y la organizada y en algunos casos incluso con la participación activa de servidores públicos. Por otro lado, existe aún presencia importante de criminalización, discriminación, xenofobia y racismo que no permite avanzar en la construcción de una cultura de respeto y dignidad humana para esta población.

El tema de la detención migratoria no sólo se intensifica sino que aumenta y se aplica de manera general y no como una medida última en la posibilidad de aplicar alternativas, aún tratándose de personas en alguna situación especial de vulnerabilidad.

En cuanto al desplazamiento interno forzado, nos preocupa que no existan mecanismos integrales para hacer frente a este fenómeno que cada vez más se recrudece a causa de la violencia generalizada en México desencadenada particularmente desde la implementación de la llamada “guerra contra las drogas”. Es altamente preocupante que no exista información oficial que refleje las alarmantes cifras que las organizaciones de la sociedad civil están registrando sobre personas desplazadas y que por lo tanto, no se hayan implementado las medidas adecuadas para atender este fenómeno que cada vez más se convierte en un problema de carácter humanitario.

Por otro lado, en la Unión Europea hemos sido testigos en los últimos años del endurecimiento progresivo de las políticas de migración y asilo. El establecimiento de un Sistema Europeo Común de Asilo que en teoría garantiza los derechos de las personas necesitadas de protección internacional carece de sentido si las estas personas no pueden acceder los procedimientos de protección internacional en la Unión Europea. Ante la falta de vías legales y seguras para obtener protección las personas que huyen de conflictos y persecuciones se ven obligadas a recurrir a las mafias y a poner en riesgo sus vidas emprendiendo rutas peligrosas para llegar a la Unión Europea. Muestra de ello es la reciente tragedia en el Mediterráneo en la que se estima que más de 400 personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas han perdido su vida en su intento de obtener protección y seguridad en Europa. Desafortunadamente no se trata de un incidente aislado: durante 2014 al menos 3500 personas migrantes y refugiadas perdieron su vida en aguas del Mediterráneo y solamente en lo que llevamos de año la cifra se eleva a 900 personas.

Mientras la cifra de llegadas a la Unión Europea se incrementa progresivamente (más de 218.000 personas refugiadas y migrantes en 2014) debido al recrudecimiento de los conflictos, la Unión Europea y sus países miembro lejos de aportar soluciones centradas en el respeto de las derechos y las vidas humanas siguen centrando sus esfuerzos en blindar sus fronteras a través de la construcción de muros, vallas con concertinas, uso de la violencia por parte de las autoridades y recurriendo a prácticas como las devoluciones ilegales que vulneran gravemente el principio internacional de non-refoulement.

Por lo anterior, recomendamos que México y la UE se comprometan firmemente a poner en el centro de las políticas migratorias y de asilo los derechos humanos de las personas en contexto de movilidad humana, abandonando el enfoque securitario por el de protección de la vida y dignidad humana.

Asimismo, México y la UE deben garantizar el respeto a los derechos humanos en su control de fronteras cumpliendo la normativa internacional en la materia así como las recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos, con especial atención al principio de non refoulement contemplado en la Convención de Ginebra de 1951.

Hacemos un llamado para que México y la UE garanticen el acceso efectivo a los procedimientos de asilo. La UE debe dar respuesta a la emergencia humanitaria en el Mediterráneo poniendo en marcha operaciones efectivas de rescate en las que se garantice el acceso a la protección internacional. Por su parte, México debe fortalecer e institucionalizar los mecanismos transnacionales de justicia y atención a víctimas en sus países de origen.

Finalmente, es urgente que México y la UE promuevan en los espacios multilaterales una reflexión y replanteamiento en relación a los costos de la política de drogas en los derechos humanos, como lo es en el caso del desplazamiento interno forzado. Es apremiante modificar el regimen de fiscalización y control de drogas internacional que impulsa políticas punítivas y criminalizantes alrededor del mundo.

Situación de las niñas, niños y adolescentes

En México, la nueva Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes publicada el 4 de diciembre de 2014 marca un parteaguas en el diseño y los modelos de coordinación e implementación de las políticas públicas dirigidas a la infancia y permite transitar hacia una visión con enfoque de derechos y hacia la generación de un Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Los retos de este Sistema consistirán en promover, garantizar, proteger y respetar los derechos de la infancia y la adolescencia. Entre los grupos particularmente vulnerados se identifican a niños, niñas y adolescentes: en situación de calle, miembros de la fuerza laboral, en contexto de movilidad humana y en contextos de violencia armada. Entre las situaciones particularmente preocupantes se destacan cualquier forma de violencia contra niñas, niños y adolescentes, en particular la violencia sexual y el castigo corporal, el embarazo adolescente y la muerte materno-infantil.

En la Unión Europea, la ratificación y adaptación en los marcos normativos de los Estados de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño ha sido extremamente útil para resolver casos puntuales de violación de derechos fundamentales de menores de 18 años, y crear jurisprudencia en la materia. Sin embargo, existen en la UE temas de preocupación claramente identificados, para los cuales no ha habido respuestas adecuadas: el incremento del número de niñas, niños y adolescentes privados de libertad; el incremento del número de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados; la estigmatización de jóvenes de origen extranjero y de etnia romaní, y el crecimiento de la pobreza infantil, provocada por la crisis económica y las medidas de austeridad, hecho que conduce al aumento considerable de los riesgos de violación a derechos humanos (a la seguridad alimentaria, a una vivienda digna, a la salud). Aun cuando existe la voluntad de resolución, los servicios son rebasados frente el volumen de casos de emergencia social que tienen que tratar. El problema ya no puede ser considerado coyuntural, sino estructural.

Por lo anterior, recomendamos modificar la tendencia represiva hacia niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y de conflicto con la ley, promoviendo por ejemplo una educación basada en métodos innovadores, con especial énfasis en metodologías informales y no formales, como el trabajo educativo de calle, que permitan llegar a los más excluidos y activar un proceso de construcción de su proyecto de vida.

Igualmente recomendamos garantizar la implementación de alternativas a la detención de niñas, niños y adolescentes en contexto de movilidad humana, ya que, atendiendo al interés superior de la niñez, bajo ninguna circunstancia se debe de continuar con su control, detención y deportación.

Particularmente, recomendamos al gobierno mexicano, que en el marco de las obligaciones establecidas por la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, asigne presupuesto progresivo y suficiente para su implementación; en particular, para la creación de un sistema de información único sobre infancia y adolescencia con bases de datos integradas entre ellas, y para el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva.

De igual forma, a la par de fortalecer e implementar las políticas y marcos normativos reformados para erradicar el trabajo infantil en el campo mexicano, se deben de crear nuevas oportunidades para que los niños y niñas jornaleras puedan acceder a educación de calidad, que se adecue a las necesidad de las familias que migran para acceder a una fuente de trabajo.

Igualmente, recomendamos diseñar e implementar políticas de prevención y atención al embarazo en niñas y adolescentes desde una perspectiva de derechos humanos que incluya el acceso a información y servicios de anticoncepción, la interrupción legal del embarazo particularmente en casos de violencia sexual y una atención especializada en salud que permita prevenir la muerte materna de niñas y adolescentes, de acuerdo con los Objetivos del Milenio.

Por otro lado, proponemos que en cada Estado miembro de la Unión Europea, se establezca un ministro que coordine los derechos de niños, niñas y adolescentes y que una instancia autónoma los defienda, como un Ombudsman especializado para la infancia.

Participantes en el Tercer Seminario

Amnistía Internacional, Casa del Migrante Saltillo, Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro, Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios, Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), Christian Solidarity Worldwide (CSW), Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), Copenhague Initiative for Central America (CIFCA), Deutsche Menschenrechtskoordination Mexiko, Dynamo International – Street Workers Network, European Council on Refugees and Exiles, Front Line Defenders, Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), I(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD), La 72, Hogar-Refugio para Personas Migrantes, Peace Brigades International (PBI), Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC), Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER), Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), Servicios y Asesoría para la Paz (SERAPAZ), Sin Fronteras I.A.P., World Organisation Against Torture (OMCT).

 

México, D.F. a 16 de abril de 2015

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